NUSHU SOLO EXHIBITION en Cadiz

31 de julio de 2011





Las mujeres de la minoría étnica Yao, en la provincia de Hunan, China, desarrollaron desde el siglo III este particular lenguaje secreto,(considerado hoy lengua muerta), del Nushu, un código de escritura de 2.000 caracteres que no podían descifrar los hombres. Durante siglos hablaron a través de elementos de su vida cotidiana que pasaban desapercibidos en sus tareas artesanales, sus pañuelos, sus vestidos bordados, jarrones, abanicos, acertijos, poemas, cartas, que criticaban el patriarcado feudal y feroz, simulando ser adornos y eran indescifrables para los ojos de sus amos. Las manos que los bordaban no eran libres. Los signos, sí.

Sabemos de la opresión de las mujeres por sus maridos, de la cruel costumbre del vendaje de los pies de la antigua cultura china... Ellas tenían prohibida la educación, el pensamiento, vivían encerradas y el Nushu era su único elemento de comunicación. Como tantas otras construcciones, nace de la opresión y el aislamiento, de la búsqueda de los resquicios de lo establecido para encontrar un espacio donde respirar y ser. Eso, tan sutil e intangible como fue la escritura Nushu. Gritos absolutamente mudos, la desesperada necesidad de comunicarse, que logran emerger a través de la dulzura de las manos de las mujeres, lejos de miradas y juicios masculinos.

Los hombres se atreven a salir de casa para enfrentarse al mundo exterior, pero las mujeres no son menos valientes al crear un lenguaje que ellos no pueden entender.

Las claves que, en la actualidad me interesan del Nushu surgen paseando entre bitácoras y blogs de mujeres, cayendo de una manera continuada entre poemas e intimidades de mujer. En realidad el Nushu nunca desapareció, porque la esencia de esa escritura, se materializa hoy cada vez que una mujer envía un mensaje a las demás, con sus propios códigos.

La necesidad expresiva del ser humano, mujer u hombre es evidente, somos seres gregarios y necesitamos comunicarnos; además nuestro mundo interior, lleno de sentimientos, ideas y abstracciones, embarga gran parte de nuestra vida. La mujer comparte y necesita ese impulso vital de expresarse, y el haber estado sometida a las políticas sociales del hombre no ha coartado su expresividad, aunque estas hayan limitado los medios extraordinariamente.

Navegando entre blogs femeninos, observo como si fuesen bordados, el uso de las fotografías, dibujos, diseños, rimas e incluso la búsqueda de caracteres y colores, que intentan marcar un modo diferente, para hacer llegar sus mensajes.

Humor, compañía, sugerente agresividad femenina o ternura, hay miles de ejemplos cruzándose entre distintos blogs cada minuto, con intimidad, en una red que une sentimientos y solo separa la distancia.

Igual sucedía con ese Nushu, hoy perdido, se enmarcaba en cada retazo de seda o de tejido, se complementaba con bordados preciosos y servía para escribir y transmitir canciones, que ahora, como si nada hubiese cambiado, acompañan también en modo digital, esas expresiones inequívocas del deseo imperecedero de la mujer en comunicar su mundo interior desde sus ojos y con sus manos.

PUESTA EN PRÁCTICA DEL PROYECTO

Para mi la parte esencial de este proyecto, es su carácter abierto, enriquecedor y colaborativo.

Mi forma de comenzar el mismo, fue lanzando un e-mail a amigas y conocidas que tienen su propio blog pidiendo su colaboración para un proyecto artístico que hablaba sobre las mujeres y a su vez que ellas lo reenviaran a cuantas amigas quisieran.

La colaboración pedida consistía en que me mandaran vía e-mail un mensaje corto que estuviera escrito en sus blogs personales, es decir mensajes que a ellas les interesa transmitir. Se pedía el link a su blog, el mensaje y el nombre de la autora. Las respuestas no se hicieron esperar.

He mirado uno por uno cada blog y es sorprendente la variada y enorme cantidad de intereses de las mujeres, el duelo, las hay poéticas y soñadoras, otras más prácticas otras otra habla de la maternidad, el sexo, noticias de actualidad, arte, fotografía, literatura, recetas de cocina, sentimientos, diarios personales, humor, música. Las edades, lugares de residencia y perfiles personales no siguen un patrón estándar, sino todo lo contrario, son muy variados. Este solo hecho ya me parece un pulso de lo que está pasando. Mujeres de todo tipo, edad, lugar y condición mandan al mundo sus mensajes, todo aquello que quieren compartir y contar con toda libertad.


Algunos blogs colaboradores

1- Blog: http://www.floresenelatico.es/

Autora: Remedios Vincent

Mensaje: ”Espacio público”.



2-Blog: http://antevuestrosojos.blogspot.com/

Autora: Carmen Dalmau

Mensaje: “Los días tan azules”



3-Blog: http://descartesdearte.blogspot.com/

Autora: Belén Butragueño

Mensaje: “Plataforma colaborativa”



4- Blog: http://www.mariposasverdesentuestomago.blogspot.com/

Autora: Violeta Morelli

Mensaje: “ Lo efímero”



5- Blog: À propos du sable

Autora: Marie Geneviève Alquier

Mensaje: ...el misterio de lo otro, de lo que vive en el acuario, detrás del cristal invisible e inviolable...



6- Blog: http://lacuarola.blogspot.com/2009/09/energia-femenina.html

Autora: Susana Cebrián

Mensaje: “Energia femenina”



7- Blog: http://www.naranjasycaramelo.blogspot.com/

Autora: Mila

Mensaje: “Emociones”



8-Blog: mira http://lamanoquemiralamano.blogspot.com/

Autora: María Cañas

Mensaje: “La mano que mira”



9-Blog: http://decuentosydegalletas.blogspot.com/

Autora: Nohemí Mata Hernández

Mensaje: “Cuentos”



10- Blog: http://www.yosoyfeminista.blogspot.com/

Autora: Cristina Lucía Claro

Mensaje: "Yo soy feminista"



11- Blog: http://ssabess.blogspot.com

Autora: Sara Fuentes Yáñez

Mensaje: “La búsqueda está en los bordes"



12-Blog: http://pervive.com/blogs/general/

Autora: Marta Sanmamed

Mensaje: “Pervive”



13- Blog: www.myspace.com/irenecuesta

Autora: Irene Cuesta

Mensaje: Desobedecer es crear: defender la vida



14-Blog: http://unpoemaporcadauniverso.blogspot.com

Autora: María Ángeles Álvarez

Mensaje: " Homenaje a cada Universo de mujer en búsqueda"



15-Blog: http://loreto.webcindario.com

Autora: Loreto Blanco

Mensaje: “Poner en luz”



16- Blog: http://gaelia.wordpress.com/

Autora: Gaex

Mensaje: “Contradicciones y paradojas sincopadas”



17- Blog: http://triciabarrachina.blogspot.com/

Autora: Trícia Barrachina

Mensaje: “Me pondré los zapatos”



18- Blog: http://gatavalero.blogspot.com/

Autora: Antonia Valero

Mensaje: “ construcción”





19- Blog: http://lrmgenerandoconocimientodegenero2.blogspot.com/

Autora: Mª Ángeles Bustamante Ruano

Mensaje: “Diversas luchadoras”



20- Blog: www.buscandoaberraciones.blogspot.com

Autoras: Lucía Domínguez y Mónica Bujalance

Mensaje: “Buscando”



21-Blog: http://pilaroliva.blogspot.com/

Autora: Pilar Oliva

Mensaje: “Embotellando”



22- Blog: http://www.naranjasycaramelo.blogspot.com/

Autora: Mila

Mensaje: “Emociones”



23- Blog: http://sherezademad.blogspot.com/

Autora: Sherezade España

Mensaje: “Susurros al aire”



24- Blog: www.verili.es

Autora: Veronica de Sebastián

Mensaje: “ Viva la vida”

25- Blog: http://fragocomunicacion.ning.com/profiles/blog/lis



Autora: Esther López Frago

Mensaje: "Fenómeno imprescindible"





26- Blog: www.isabelaschauer.com

Autora: Isabel Aschauer López

Mensaje: “Alma”



27- Blog: www.roxanapopelka.blogspot.com

Autora: Roxana Popelka

Mensaje: “Quiero poner una peluquería”.



28- Blog: http://monicapintodisseny.blogspot.com

Autora: Mónica Pinto

Mensaje: “Grafismo”



29-Blog: http://gemmapascualnegro.blogspot.com/

Autora: Gemma Pascual

Mensaje: “Secretos”



30-Blog: http://analiabeltran.blogspot.com

Autora: Analía Beltrán

Mensaje: “La violencia y el juego de poder que sufren las mujeres y los niños, miembros más indefensos de la sociedad”



31-Blog: http://www.lasextanoticias.com/blogs/ver/raza_becaria/201

Autora: Ana Bollero

Mensaje: “Arroz con leche”



32- Blog: www.trestristestextos.blogspot.com

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Mensaje: “Afonía”



33- Blog: http://aumannydelarocha.blogspot.com/

Autora: Marta de la Rocha

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Autora: Yolanda Domingo

Mensaje: "Chica"



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Autora: Gracia Rubio

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37- Blog: http://helenasegura-torrellafotografa.blogspot.com/

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38-Blog: http://www.cristinabrujas.com

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Autora: Arantxa Bollero

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Autora: Lourdes Carcedo

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La (des)igualdad de género en la política económica y el cambio de modelo de sociedad por Carmen Castro

Desde la Economía Feminista se argumenta que el objetivo prioritario de la actividad económica debería ser la satisfacción de las necesidades básicas para el desarrollo humano. Siendo conscientes de que este planteamiento ha estado en conflicto con el orden de prioridades de la economía neoliberal, es ahora, más que nunca, cuando la igualdad de género debería formar parte de la agenda económica, justo cuando los gobiernos han sucumbido a la lógica del mercado que defiende la acumulación de riqueza y el crecimiento económico per se.

Sin embargo, en algunos países el contexto actual de crisis económica de estos últimos años ha servido de excusa para diluir e incluso abandonar el compromiso politico con la igualdad. De hecho, el mensaje de quienes se han encargado de diseñar las políticas de ajuste económico ha ido ganando en contundencia: ya no es tiempo de ‘concesiones’ y ‘buen rollismo’; en estos tiempos difíciles hay que volver a las ‘cosas realmente importantes’ y a la perspectiva economicista, a la contención el déficit y a restablecer el estatus quo.

El resultado ha sido que la orientación de gran parte de los planes de ajuste ha profundizado la división sexual del trabajo, dando lugar a “una falta de transparencia y coherencia en todo lo que se relaciona con el avance en igualdad” (UNIFEM, 2010). Con todo ello, se mantiene el mismo sistema de desigualdad que ya tenemos y que sabemos que es ineficiente, genera inequedades y esquilma los recursos existentes, en vez de provocar de manera efectiva el cambio de modelo de sociedad.
Así pues, cabe preguntarse ¿qué podríamos hacer desde las políticas públicas para el cambio a un modelo de sociedad basado en la igualdad? A este cometido intentan dar respuesta las siguientes páginas.

La igualdad como motor del desarrollo económico

La OCDE vaticina que en la fase de recuperación de las economías occidentales la tasa de crecimiento del PIB será lenta y discreta; este fenómeno viene motivado, en parte, por la intensa contracción de la inversión y el aumento de las tasas de desempleo provocado por el fin de las políticas contracíclicas y por otra parte por la reducción de la productividad total de los factores. Este esquema de funcionamiento viene aportado por el enfoque actual de las políticas de ajuste, basadas en la redución del gasto público en plena época de recesión económica, en vez de en políticas keynesianas de estimulación de la actividad económica a través precisamente del gasto público. Aún cuando fuese necesario una reorientación del mismo hacia una mayor eficiencia. Y es más que previsible que ocasione una menor inversión en actividades de investigación y desarrollo, algo que ya se se ha iniciado en el sector público en 2009 y 2010, y que sigue la misma tendencia en el sector privado; este retroceso respecto a los años previos a la crisis podría frenar la estrategia de cambio del modelo productivo.

Sin embargo, existen evidencias empíricas suficientes que avalan el hecho de que la Igualdad de Género contribuiría al reordenamiento del equilibrio económico, desde la equidad en la distribución de los recursos a la sostenibilidad del desarrollo humano, y económico.

En Octubre de 2009, bajo la Presidencia Sueca de la UE, se celebró en Estocolmo una conferencia sobre las implicaciones de la igualdad de género para el crecimiento económico y el empleo . Uno de los resultados más impactantes aportados en esta conferencia fue el arrojado por la estimación económica de cómo variaría el PIB si la igualdad entre hombres y mujeres estuviese plenamente integrada en el funcionamiento del mercado de trabajo. Åsa Löfström constataba que el promedio de crecimiento para el conjunto de la UE sería próximo a un 30%; y para España el crecimiento podría alcanzar hasta el 32%. En el caso de España, hay incluso otros estudios que cuantifican que el PIB podría crecer hasta un 44%, en un escenario caracterizado por la equiparación de tasas de empleo y por la eliminación de la brecha salarial (Reyes Maroto et al. 2011)

Pues bien, en este panorama cabría esperar al menos que los datos ofrecidos desde estas investigaciones fueran suficientes para atraer la atención de dirigentes políticos y responsables del diseño de la política económica, ya que aportan una guía clara de hacia dónde orientar las políticas para conseguir una evolución favorable del PIB. Para ello, habría que incidir en lo que hasta el momento se consideran los factores más influyentes: la necesaria equiparación de la tasa de empleo femenina a niveles similares a la masculina, la eliminación de la segregación laboral y la desaparición de la brecha salarial. Respecto al primero, si bien la Estrategia de Lisboa (2000) estableció como objetivo a alcanzar en 2010 una tasa de empleo femenino del 60%, con el estallido de la crisis y la reorientación posterior de las prioridades políticas parece haberse abandonado este compromiso todavía por alcanzar en 12 países de la UE; ello viene agravado por la brecha de género existente entre las tasas de empleo masculino y femenino, de un 12,1%, en 2009.

Otra de las preocupaciones que se ha trasladado en estos últimos años es la de la sostenibilidad demográfica y su repercusión en la sostenibilidad económica de los estados de bienestar que se han ido desarrollando en la UE.

En España, la alarma sobre la proyección del envejecimiento demográfico la hizo saltar el INE al estimar que dentro de 40 años la población mayor de 64 años será el doble que la de ahora y representará el 30% de la población total (INE, 2010); lo que, teniendo en cuenta la creciente esperanza de vida al nacimiento y los bajos índices de fecundidad arrojan un índice de dependencia (proporción entre población jubilada y población activa) creciente alcanzaría el 89,6% en 2050. Estas estimaciones han servido de excusa para acelerar algunos ajustes y reformas, sobre todo en el sistema público de pensiones, como el retraso de la edad de jubilación a los 67 años y el alargamiento del periodo de cotización necesario a 37 años y medio. Sin embargo, algunas voces desde la economía crítica han insistido en que para hacer viable y sostenible económicamente el sistema público de pensiones, el elemento clave de referencia no ha de ser el número de jóvenes y personas adultas por personas ancianas, sino el número de personas cotizantes y la cantidad de cada cotización por beneficiario/a. Es decir, el foco de atención ha de estar puesto más en incorporar al empleo a las mujeres y a la juventud, ampliamente cualificada, en vez de obligar a mantener más años de actividad laboral a quienes ya llevan prácticamente toda la vida en el mercado de trabajo. En este sentido, “Viçenc Navarro recuerda“http://www.vnavarro.org/?p=3839: que “si España tuviera la tasa de participación de la mujer en el mercado de trabajo que tiene Suecia, habría tres millones más de cotizantes a la seguridad social”.

El creciente envejecimiento de la población despierta la preocupación política por la reactivación de las tasas de fecundidad, aunque las medidas adoptadas para ello erran sistemáticamente en su cometido, porque no tienen en cuenta las evidencias existentes que confirman que cuando se invierte en igualdad, a través de una mayor concienciación social (Mörtvik y Spant), de una mayor corresponsabilidad y a través de servicios públicos suficientes para satisfacer las necesidades del cuidado de las personas, las tasas de fecundidad mejoran. La percepción social todavía existente en muchos países de que la responsabilidad del cuidado ante un nacimiento corresponde a las mujeres explica la mayor penalización de la maternidad sobre el empleo femenino que se reduce como promedio en un 12% mientras que la paternidad provoca un aumento promedio del 7 % sobre el empleo de los hombres. La configuración desigual del derecho a que mujeres y hombres participen en el cuidado infantil refleja la persistencia del modelo de familia tradicional y la concepción generificada de la sociedad, ambos factores claves de la desigualdad de género que frena la evolución de las tasas de fecundidad.

Si los gobiernos de la UE hubieran destinado algo de tiempo a leer y a aprender de algunas de estas evidencias y proyecciones económicas, otras posibilidades se podrían haber abierto en los planes de ajuste.

Cabe señalar, ademas, que todas estas estimaciones y previsiones sobre una evolución favorable del crecimiento económico no son suficientes. Crecimiento económico no es sinónimo necesariamente de cohesión social, y por ello es imprescindible complementar el análisis centrado en la evolución del PIB (cuánto se crece) con la información cualitativa que aportan los componentes del crecimiento, es decir, cómo se crece, hacia dónde y a costa de qué.

Los Indicadores que elabora Naciones Unidas anualmente sobre Desarrollo Humano, y más específicamente sobre el Desarrollo Humano relativo al género, son un necesario complemento a las estimaciones basadas exclusivamente en el crecimiento de la economía monetarizada. De hecho, existe una correlación positiva entre el crecimiento del PIB y el Índice de Desarrollo relativo al Género de Naciones Unidas, lo que, por una parte, confirma el acierto de pensar en la igualdad de género como la inversión estratégica para el desarrollo y el cambio de modelo productivo; y por otra parte, aporta un criterio relevante a la hora de seleccionar qué países utilizar como modelo o referencia, teniendo en cuenta los resultados que han conseguido con la orientación de sus políticas públicas. En este sentido, resultaría una mejor opción utilizar como ejemplo la experiencia y resultado de países como Suecia (de los mejores en materia de igualdad y con menores brechas de género, de los mejor posicionados en el ranking de competividad mundial, y en desarrollo sostenible, en vez de otros países como Alemania que muestran una mayor fragmentación del mercado laboral y mayores brechas de género. (Castro García, C. 2009).

Desde esta mayor amplitud de perspectiva, la lucha contra la pobreza se ha de incluir necesariamente en la misma estrategia de desarrollo. El Informe Brundtland (ONU, 1987) define por primera vez el desarrollo sostenible como aquel que satisface las necesidades del presente sin comprometer las necesidades de las futuras generaciones; esto implica un cambio muy importante en cuanto a la idea de sostenibilidad o sustentabilidad que pone énfasis también en el contexto económico y social del desarrollo. En este sentido, la reducción de la pobreza hoy se considera imprenscindible para construir un futuro viable en solidaridad con las futuras generaciones. Y además, debería tener en cuenta que la discriminación de género es una importante causa de la pobreza que afecta mayormente a las mujeres.

¿Está la igualdad en el corazón de las decisiones económicas en Europa?

Es necesario preguntarse quién toma las decisiones de las políticas económicas y en qué medida se garantiza que el objetivo de igualdad se incluya como salvaguarda de las mismas.

La Base de datos de la Comisión Europea sobre participación de hombres y mujeres en la toma de decisiones revela el ‘fiasco’ con el que convivimos. Menos de un 20% es el promedio de participación de mujeres en la alta dirección de los Bancos centrales, tan sólo en Suecia este porcentaje alcanza el 40%. Los datos de participación en los Consejos de Administración de las grandes empresas son aún más desalentadores: el promedio de participación de mujeres, en los países de la UE, es tan sólo de un 10% (aprox.) Teniendo en cuenta que son las grandes empresas las que son consultadas por los gobiernos para debatir los enfoques de las posibles reformas económicas, el déficit democrático en la presencia y en la representación de intereses, perspectivas y necesidades es intolerable en el contexto actual. La escasa presencia de mujeres en estos ámbitos limita la capacidad de generar alternativas diferentes al modelo que ha estado des-funcionando hasta ahora.

La única excepción la representa Noruega, en donde las mujeres superan el 40% de representación en los Consejos de Administración. Los datos de Noruega no son fruto de la casualidad, sino que son el resultado de la aplicación de la Ley de cuotas de género que existe desde 2003. Esta Ley estableció un plazo de tres años a las empresas públicas y dos años más al resto de las grandes empresas que contizan en bolsa para cumplir al menos con un 40% de presencia femenina en sus respectivos Consejos de Administración, estableciendo fuertes sanciones en caso de incumplimiento. El argumento que ha sostenido esta imposición legal es incuestionable, en palabras del artífice de la misma, Ansgar Gabrielsen: “Se trata sobre todo de un asunto financiero. Las mujeres son, al menos, el 50% de los licenciados universitarios. No hay motivo para desperdiciar su talento, su formación, en la que además invertimos, y que luego no estén en los Consejos de Administración. Es de lógica, no tiene nada que ver con la ideología política”. Sin embargo, a pesar del evidente razonamiento esgrimido por el ministro de industria noruego que impulsó dicha legislación, lo cierto es que Noruega sigue siendo una excepción, ya que la mayor parte de los países europeos se resisten a forzar esta promoción de mujeres a los puestos de mayor decisión en el ámbito de las finanzas.

En España, la aprobación de la Ley de Igualdad aprobada en 2007 creó expectativas de mejora significativa, ya que en esta ley se incluye como objetivo el de elevar el número de mujeres en los Consejos de Administración hasta el 40%. Sin embargo, como hasta el 2015 las empresas no están obligadas a cumplir con este porcentaje, de momento se trata de una mera recomendación, y como tal resulta poco efectiva, ya que apenas se llega actualmente al 11% de mujeres en los Consejos de Administración de las empresas que cotizan en el IBEX.

Una comparativa entre la situación de los países de la UE, y la excepcionalidad de Noruega, pone de manifiesto dos hechos; por una parte, que la ‘autorregulación’ de las empresas para ir incorporando el principio de igualdad en la representación directiva en el ámbito de las finanzas no funciona, ya que los criterios del corporativismo masculino y la inercia en algunas prácticas, como la que lleva a los directivos a seleccionar a otros directivos, son algunos de los mecanismos que actúan como resistencias. Y por otra parte, revela que si realmente se quiere conseguir un resultado más igualitario hacen falta más medidas que fuercen el cambio en un corto plazo, en vez de meras recomendaciones. Es importante acabar con el cliché tradicional del poder y voz de mando como privilegio masculino; y también con los estereotipos que empujan a las mujeres a papeles tradicionales a través de mecanismos que las impulsan desde la carrera profesional a la carrera familiar exclusivamente. Hasta ahora, las experiencias que existen avalan que la aplicación de una ley de cuota mínima de presencia y participación femenina facilita la aproximación a los criterios de paridad y aporta mayor diversidad a las perspectivas e intereses representados.

¿Qué orientación define las políticas de ajuste realizadas?

Gran parte de Europa se encuentra ahora empeñada en que para resolver la crisis es necesaria una rápida reducción del déficit público. El objetivo parece ser la estabilidad presupuestaria que se pretende conseguir con el llamado Pacto del Euro (incluso incluyendo un techo para el déficit público en la Constitución) y casi exclusivamente vía reducción del gasto público, (una vez realizado el desembolso monetario que han supuesto los ‘rescates a la banca’). No aparece entre los acuerdos de estabilidad presupuestaria mención a posibles mejoras de la recaudación; ni se contempla la creación del impuesto sobre transacciones financieras (algo imprescindible para la reforma del sistema financiero), ni mucho menos se plantea una posición común respecto a los paraísos fiscales, dos vías de recaudación hasta ahora inexploradas que siguen ausentes del interés de la política fiscal común europea. Tampoco se han puesto de acuerdo los países en un criterio común a cerca del impuesto sobre el patrimonio (eliminado en España) o sobre el impuesto de sociedades. De hecho, las políticas de ajustes recaen exclusivamente en una reducción del gasto público, con fuerte incidencia del recorte en las políticas sociales y sin considerar que este tipo de ajustes tendrá efectos perversos sobre la población y también sobre la futura generación de ingresos públicos. Como dice Amartya Sen, “si las exigencias de adecuación financiera se vinculan demasiado mecánicamente a los recortes inmediatos, el resultado podría consistir en matar a la gallina que pone los huevos de oro del crecimiento económico”. Y es que es bastante cuestionable la efectividad de las medidas de ajuste aprobadas en la creación de empleo y en el crecimiento económico, y mucho más que sirvan para establecer las bases de otro modelo de desarrollo. Basta con reflexionar desde una lógica no androcéntrica a quién afecta el recorte del gasto para entender que estamos asistiendo a la ‘gran contrarreacción europea’ al utilizar sus políticas públicas para el recorte de derechos sociales, el adelgazamiento del Estado de Bienestar y la vuelta al status quo patriarcal. En primer lugar, porque los Estados parecen haber olvidado que la insuficiencia de los servicios públicos que mejoran la vida cotidiana, el cuidado de las personas, constituye un problema público cuya resolución depende de la propia madurez democrática. En segundo lugar, porque la vivienda, el transporte, la sanidad, la educación y las pensiones añaden bienestar a la población, muy especialmente a los sectores poblacionales de menores niveles de renta, entre quienes son mayoría las mujeres. (Benería, L. y Sarasúa, C. 2010)

Hay que tener en cuenta que las politicas de ajuste realizadas afectarán pues sólo a una parte del sistema de impuestos y prestaciones económicas ya existente, a la parte del gasto. En el caso de España, el sistema de impuestos y prestaciones está caracterizado por un fuerte sesgo de género, que retroalimenta la división sexual del trabajo y los diferentes enfoques de la atención a los cuidados: desde las políticas de atención y educación infantil a las políticas de atención a la dependencia, regulaciones del tiempo de trabajo, etc. provocan un efecto diferenciado sobre la situación desigual de mujeres y hombres en el mercado de trabajo. (Castro, C. y Medialdea, B. 2010)
Tal y como se deduce de lo explicado previamente en este mismo artículo, es evidente que facilitar el acceso al trabajo remunerado permitiría a las mujeres contribuir al sostenimiento del sistema económico; ahora bien, esto por sí sólo no garantiza que se diluya la división sexual del trabajo que está sosteniendo las desigualdades estructurales. Por este motivo, casi igualmente importantes serían las condiciones del empleo y muy especialmente el efecto que puedan tener sobre la capacidad de autonomía de las mujeres; es decir, si realmente facilitan que ellas puedan ser autosuficientes para decidir sobre sus vidas, sin verse coaccionadas ni abocadas a entrar en relaciones de dependencia, económica y/o emocional, que con frecuencia son la antesala de otros problemas como el de la violencia machista. Y por supuesto también es importante que las condiciones del empleo faciliten el reparto equilibrado de las responsabilidades familiares, ya que este reparto es la manifestación más palplable de la existencia o no de la división sexual del trabajo.

Según los datos que facilita el Instituto Europeo para la Igualdad de Género, el 31% de las mujeres empleadas en la UE trabajaban a tiempo parcial en 2009, respecto al escaso 7,4% de los hombres empleados. En algunos países, como en Holanda, los datos muestran la crudeza de cómo el modelo de sociedad refuerza la división sexual del trabajo, a través de diferentes mecanismos de inserción laboral que colocan a mujeres y hombres en posiciones de desigualdad: el 75% de las mujeres holandesas empleadas lo están a tiempo parcial y con un promedio de menos de 19 horas semanales. Este reparto desigual del empleo remunerado coexiste con la ficción de ausencia de conflictos de conciliación entre la vida familiar, personal y laboral ya que su menor dedicación al trabajo remunerado les deja tiempo disponible para asumir otras responsabilidades.

La fuerte brecha de género en el empleo a tiempo completo equivalente, cuantificada por EUROSTAT en 2008 en 24,1 puntos, revela la mayor incidencia que tiene el trabajo a tiempo parcial sobre el empleo de las mujeres. Es más que previsible que esta incidencia se incremente como efecto directo de algunas de las medidas incluidas en los ‘planes de ajuste’ aprobados, sobre todo en lo referente al fomento del trabajo a tiempo parcial y a las facilidades ofertadas para que las personas con responsabilidades familiares puedan reducir su jornada laboral. Estas tendencias apuntan a la imitación del modelo de Holanda, que hoy en día representa el ejemplo más palpable de lo que se denomina ‘nueva división sexual del trabajo’, que caracteriza a los modelos de sociedad que han evolucionado del tradicional ‘sustentador económico masculino’ al de ‘sustentador económico y medio’, manteniendo las responsabilidades familiares a cargo de las mujeres. Aunque la situación extrema se presenta en los países en los que se alienta el modelo de familia tradicional, ya que las mujeres siguen enfrentándose a la situación binaria de tener que decidir entre ejercer su maternidad o desarrollar su carrera profesional. La experiencia nos demuestra que es la combinación de al menos 3 factores lo que permite salir de la trampa de las actitudes paternalistas y condescendientes que tantas ineficiencias genera a la sociedad: la universalización de la educación infantil dentro del sistema público, la existencia de permisos por nacimiento y adopción iguales, intransferibles y bien remunerados (Castro, C. y Pazos, M. 2007) y por último la aplicación del principio de equidad, como justicia redistributiva en el diseño de políticas de apoyo a las familias.

Otro de los ‘efectos colaterales’ que también nos ha traído la crisis y que las políticas de ajuste global retroalimentan es la mayor precarización laboral; ésta se manifiesta, en la tendencia mundial a la proliferación de empleos de bajos salarios. En esta tendencia las mujeres se llevan la palma. La participación femenina en empleos de bajos salarios es de más del 65% en España y del 69% o incluso más en Bélgica, Finlandia e Israel, según los datos que facilita la OIT en su Informe mundial sobre salarios 2010/2011.

En definitiva, el tiempo parcial como factor eminentemente femenino, la segregación laboral (tanto horizontal como vertical) y la discriminación salarial de las mujeres están relacionados entre sí a través de la persistencia de la división sexual del trabajo y son los causantes de una parte importante de las ineficiencias de la economía. La infrautilización del talento, capacidades y potencialidades disponibles de las mujeres en el ámbito productivo y de los hombres en el ámbito de los cuidados, es el síntoma más evidente de una sociedad que no sabe aprovechar las posibilidades de todos los recursos con los que cuenta. Paradójicamente los tres factores mencionados son de los que saldrán más reforzados tras las políticas de ajustes realizadas.

Hacia otro modelo: la igualdad en el cambio productivo y social

Sabemos que el pretendido ahorro presupuestario que dice haber conseguido el gobierno de España con algunos de los recortes de gasto público realizados difícilmente se sostiene ante un análisis comparativo sobre otros tipos de recortes posibles, ni mucho menos ante la constatación de que no se trata de gastar menos sino de hacerlo mejor, de una manera más coherente y corresponsable con el cambio de modelo de sociedad. Y aunque es evidente que las políticas de igualdad deberían considerarse como parte de la solución a la actual crisis y como una inversión a largo plazo facilitadora del cambio de modelo productivo y social, sin embargo siguen estando fuera de la agenda política de reformas.

Las mujeres están preparadas para incorporarse al mercado de trabajo y el cambio productivo es una buena oportunidad para ello: ecoindustria, energías renovables, aplicaciones tecnológicas a la calidad de vida, biotecnología, tecnologías de la información y comunicación, infraestructuras sociales, cultura, servicios sociales, industria aeroespacial … hacia ahí deberían apuntar las prioridades para la estimulación económica en vez de seguir bonificando a las empresas de sectores de la economía tradicional para que realicen nuevas contrataciones desde la precariedad laboral. Todos estos sectores configuran lo que se denomina ‘nueva economía’ o ‘economía sostenible’, con un alto componente tecnológico y social, que requiere de mayor nivel de formación e innovación. Pues bien, las mujeres ya están participando activamente en estos sectores. De hecho, en 2010 representaban el 46,6% del total de empleo en dichos sectores y si se decidiese apostar claramente por la economía sostenible el empleo femenino en los nuevos sectores podría alcanzar la cuota del 60% en 2025. (Maroto, R. et al. 2011)

Las anteriores son buenas noticias, qué duda cabe. Ahora bien, es importante tener en cuenta que el cambio de actividades y de sectores productivos por sí solo no es suficiente. Haría falta un cambio de mentalidad sobre las relaciones humanas en general y las económicas en particular para que el cambio hacia la Economía Sostenible permita articular la base estructural de un nuevo modelo de sociedad en España, en el que la responsabilidad social y medioambiental no esté supeditada a la responsabilidad económica, sino a la inversa.

Para el cambio a un modelo productivo que no reproduzca las ineficiencias del actual, es necesario abandonar la visión cortoplacista de los ajustes y reformas económicas y los sesgos de género que impregnan la vida cotidiana y el diseño de las políticas públicas, incluyendo la política económica.

La clave está en orientar las políticas públicas hacia una futura sociedad de personas sustentadoras y cuidadoras en igualdad, abandonando definitivamente las inercias de mecanismos y reformas que nos atrapan en el modelo tradicional de ‘sustentador económico masculino’ e incluso en el del ‘sustentador económico y medio’. Y uno de los aspectos fundamentales para ello es hacer emerger el cuidado como un derecho social dirigido a la satisfacción de las necesidades socio-personales; lo que necesariamente se ha de traducir en tres cambios estratégicos:

•Redistribución equitativa del trabajo (remunerado y no remunerado) entre mujeres y hombres; para lo cual es imprescindible acabar con el tiempo parcial como mecanisno de inserción laboral de las mujeres. Al menos dos estrategias resultarían efectivas: 1) la reducción del tiempo de trabajo remunerado para todas las personas y 2) la reforma del sistema de permisos por nacimiento y adopción para que sean iguales, intransferibles y bien remunerados (al 100% del salario) de manera que faciliten y promuevan el avance en corresponsabilidad.

•Equiparación de las tasas de empleo femenino y masculino; para lo cual será preciso eliminar los desincentivos al empleo femenino (como la declaración conjunta del IRPF (Medialdea, B. y Pazos, M. 2011) y las ayudas monetarias para el trabajo doméstico o de cuidados en casa).

•Red de servicios públicos suficientes para garantizar el derecho al cuidado de la infancia y personas dependientes.

La reducción del tiempo de trabajo remunerado, como criterio general, es un cambio estratégico que puede impulsar, por una parte, una mayor flexibilidad en la reorganización de los tiempos de vida. También puede mejorar la competitividad empresarial y la productividad. Y, por otra parte, puede alentar la creación de empleo, sobre todo si las reformas necesarias se coordinan para atender a este cometido avanzando en el escenario de economía sostenible. Este es un objetivo que, tras las experiencias de Francia y Finlandia de la década de los 90, se ha relegado ante otras propuestas de flexibilidad laboral y conciliación, en la desigualdad, de la vida personal, laboral y familiar (Miguélez, F. y Torns, T. 2005). Sin embargo, el contexto de crisis, desigualdades estructurales y elevado desempleo pone en evidencia el desastre ocasionado por las politicas neoliberales y la necesidad de priorizar las politicas de bienestar y calidad de vida en términos de equidad. Ante esta situación, convendría actualizar el objetivo de reducir el tiempo de trabajo remunerado, superando las carencias que dichas experiencias han tenido y potenciando los aspectos que ya sabemos que dan buenos resultados. Sería necesario coordinar, por ejemplo, la regulación de las cotizaciones sociales asociadas a las contrataciones con la extensión de la jornada productiva, de manera que las empresas de la nueva economía (no intensivas en mano de obra tradicional) pudieran reorganizar los mayores tiempos productivos a través de nuevas contrataciones; y por ejemplo, en una jornada productiva de 12 o 14 horas diarias, poder establecer turnos de puestos de trabajo de 6 o 7 horas cada uno; en el caso que la jornada laboral se redujese por ley hasta las 30 o 35 horas semanales.

Otra reforma necesaria para hacer efectiva la redistribución equitativa del trabajo en clave de igualdad es la de los permisos por nacimiento y adopción (maternidad, paternidad y parentales). Su configuración actual incumple el principio de igualdad de trato y refleja la tradicional división sexual del trabajo, enviando a la sociedad dos tipos de mensajes que refuerzan la desigualdad: por una parte que son las mujeres quienes han de asumir la responsabilidad del cuidado infantil y por otra parte que la participación de los hombres se limita en la mayoría de los países a un complemento o ayuda familiar. Es evidente que la desigualdad en este tipo de permisos es un grave impedimento al empleo de las mujeres, ya que genera la percepción de mayor riesgo a la hora de contratarlas; y también es un grave impedimento al avance en corresponsabilidad, ya que al frenar la participación de los hombres en el cuidado ante un nacimiento o adopción se asientan las bases para seguir reproduciendo los roles de género.

Las evidencias contrastadas en algunos estudios avalan la orientación de esta reforma hacia su configuración como iguales, instransferibles y remunerados al 100% del salario. (Castro, C y Pazos, M. 2007). Los resultados conseguidos en Islandia y Suecia, por ejemplo, en donde existe un mayor equilibrio en la participación de mujeres y hombres en la vida política, económica y social y se da una mayor participación de los hombres en el cuidado (cerca del 90% de los hombres que son padres en Islandia se ausentan al menos 3 meses de su puesto de trabajo para cuidar de su nueva criatura), son reforzadas por la experiencia española tras la creación del permiso de paternidad intransferible en 2007, que están utilizando cada año más del 80% de los padres.

Obviamente estas propuestas de reforma se quedarían en papel mojado si no hay un intento serio de ofrecer alternativas desde los servicios públicos para que el cuidado de las personas no sea algo que compita exclusivamente a las familias (a las mujeres, en el reparto tradicional). Si no hay una articulación para la organización social y económica del mismo, seguiremos con el lastre de las ineficiencias e inequidades de este sistema. Para invertir esta situación necesitamos una red de servicios públicos para el cuidado, al estilo de la que existe en países como Suecia, que genere empleo y posibilidades de reparto de los tiempos de trabajo entre mujeres y hombres, ellas y ellos en el empleo de calidad, cotizando a la seguridad social y contribuyendo al sostenimiento del sistema público de pensiones y a la recaudación que alimenta parte de las políticas fiscales.

Para que este cambio de orientación del modelo de sociedad sea creíble es imprescindible lo primero de todo que todas las politicas y el presupuesto público se orienten al objetivo de la igualdad (Pazos, M. 2010); y consecuentemente con ello, que se elaboren indicadores cualitativos que permitan verificar los efectos sobre las condiciones de vida corrigiendo las posibles desviaciones de su cometido.

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REFERENCIAS

•BENERÍA, L. Y SARASÚA, C. (2010) ¿A quién afecta el recorte del gasto?

•CASTRO GARCÍA, C. (2010) Reconciliation Policies and Gender Regimes . Presented at IAFFE, Conference on Feminist Economics (Buenos Aires- Argentina)

bq. (2009):

– Economía Sostenible: no sin igualdad de género. En revista Emakunde nº 77

– Towards a new Gender Contract: the role of public policy on labour market and care work. Presented at IAFFE, Conference on Feminist Economics (Boston – USA)

– Relación entre Políticas públicas, mercado de trabajo y cuidados familiares desde la perspectiva de género . Presented at III Conference on Feminist Economics (Baeza – Spain)

•CASTRO GARCÍA, C Y MEDIALDEA GARCIA, B. (2010) ‘La (des)igualdad de género del sistema de impuestos y prestaciones de España’. En Pazos-Morán, M. (dir) Fiscalidad y equidad de género . Fundación Carolina, Instituto de Estudios Fiscales y UNIFEM.

•CASTRO GARCIA, C. y PAZOS MORÁN, M. (2007) ‘Los permisos parentales: una crítica feminista de las tendencias actuales en Europa’ en Pazos-Morán, M. (ed) Economía e Igualdad de Género: retos para la Hacienda Pública en el siglo XXI .

•COMISIÓN EUROPEA (2010) More women in senior positions. Key to economic stability and growth.

•INE (2010) Proyección de la población española a largo plazo, 2009-2049.

•LÖFSTRÖM, ÄSSA (2009) Gender Equality, economic growth and employment . Swedish Ministry of Integration and Gender Equality.

•MAROTO, R.; CANDELA, A. y MULAS-GRANADOS, C. (2011) Mujer y economía sostenible: balance y perspectivas. Documentos de trabajo 01/2011. Fundación Ideas.

•MEDIALDEA GARCÍA, B. y PAZOS MORÁN, M. (2011): ¿Afectan los impuestos a la (des)igualdad de género? El caso del IRPF español . En Presupuesto y Gasto Público 64/2011.

•MIGUÉLEZ, F. Y TORNS, T. (2005) El tiempo de trabajo, ¿la última forntera?. En Revista Universitaria de Ciencias del Trabajo nº 6.

•NAVARRO, V. (2009) Las pensiones son viables . En revista ‘El Viejo Topo’.

•OIT (2010) Informe mundial de salarios 2010/2011. Políticas salariales en tiempo de crisis.

•ONU (1987) Informe Brundtland ‘Nuestro futuro común’ .

•PAZOS MORÁN, M. (2009) “Impacto de género de las políticas públicas“http://www.ief.es/documentos/recursos/publicaciones/documentos_trabajo/2009_23.pdf :. Documentos de trabajo nº 23/09. Instituto de Estudios Fiscales, Ministerio de Economía y Hacienda.

•UNIFEM (2010) Informe ¿Quién responde a las mujeres?. El progreso de las mujeres en el mundo 2008/2009
 
 

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Federico según Lorca de Eva Yerbabuena



Eva Yerbabuena se introduce y nos introduce en el mundo de Federico, aquel que hizo nacer a Lorca, el mundo de su infancia, el mundo de una época, de una cultura, de un espíritu, que marcaría el carácter del escritor y su obra de manera indeleble.

Federico según Lorca no es la adaptación de una obra del emblemático y universal escritor; tampoco es un collage de sus escritos llevados a la danza, sino el buceo por la compleja e impenetrable alma de un Federico, sus emociones, sus temores... Federico según Lorca es el muro que le aprisiona, que le coarta, que le encierra cuando trata de salir al exterior; es el golpe de la mano del Almirez que ensordece, que cala el espíritu, que asfixia; es el secadero de tabaco donde la luz entra diezmada mientras en silencio el hilo de ganchillo teje, con su rutina incesante, la tela de araña que atrapa, encadena, para siempre... y es el teatro de títeres, la imaginación, la poesía que lo libera.... es la emoción de encontrarse con Dalí y Buñuel en la Residencia de Estudiantes, pero también la decepción, el dolor, de entregarse sin correspondencia.... Para darse cuenta que la infancia es tu mundo y que va, contigo, allá donde vas. Que el muro lo llevamos alrededor de nosotros y sangra.

20 de Julio - 27 Agosto 2011

Una coproducción del Patronato de la Alhambra y Generalife y la Cía Eva Yerbabuena Ballet flamenco

Más información: Web Federico según Lorca
 
 
 


Fuente fotografías: Facebook Federico según Lorca

 
 
Han pasado casi 75 años desde la muerte de Federico Garcia Lorca, fusilado a los 38 años en algun lugar entre Víznar y Alfacar. Su espiritu permanece en la memoria colectiva y es el poeta español más leido y más querido de nuestra historia. Su obra ha sido y es inspiracion de artistas y escritores, y sus versos, los más evocados y recordados. Informe Semanal ha querido volver a los escenarios de la vida de Lorca. A aquellos lugares en los que vivió y donde se inspiró, donde estaba su gente, donde nacieron sus costumbres. Todo eso está en su Granada natal, que estos dias también quiere homenajear al poeta. Otra granadina, la bailaora Eva Yerbabuena, nos traslada al universo lorquiano a través del ballet, la música y el cante, en los jardines del Generalife.




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El Dr. Pere Barri y el Programa de Reconstrucción Genital post Ablación

30 de julio de 2011









Programa de reconstrucción genital Post-ablación

La Fundacion Dexeus Salud de la Mujer a través de los profesionales de Salud de la Mujer Dexeus y el hospital USP Institut Universitario Dexeus realiza el Programa de Reconstrucción Genital post Ablación, iniciado en abril de 2007.

Con este programa la FDSM consigue reconstruir, de forma gratuïta, la mutilación de los genitales femeninos por ablación. Las candidatas a esta cirugía deben ser residentes en Europa y sentir el deseo de reconstruir la mutilación de sus genitales. El programa no contempla la posibilidad de trasladar pacientes africanas para ser operadas y posteriormente devolverlas a su país, para evitar el riesgo de se ser repudiadas.

Desde el inicio, el respaldo de los medios ha sido una gran ayuda para divulgar este programa entre las inmigrantes residentes en España, lo que ha contribuído a que el flujo de pacientes siga creciendo progresivamente llegando a las 25 mujeres operadas desde su creación.

En el año 2009 hemos dado un nuevo impulso al programa, iniciando la formación de la técnica quirúrgica en otros centros españoles, como el Hospital Universitario Doctor Peset de Valencia, para que en breve, puedan realizar tambíen la técnica dentro de sus actuaciones de Responsabilidad Social Corporativa.


 
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Elena Rosell, sobre dos ruedas




La mejor piloto española de la historia nació en Valencia, a rebufo de la tradición familiar, siempre ligada a las motos. Su hermano Enrique competía en 125 GP cuando ella contaba sólo nueve años. Su padre, Emiliano, electricista de profesión, hacía las veces de mecánico en las carreras del primogénito, siempre con Elena debajo del brazo.

Su primera moto fue una Aprilia RS 50 cedida por el circuito de Valencia, si bien en el paddock y los viales, mientras su hermano competía, trasteaba con todo vehículo de dos ruedas a su alcance. Entre los boxes nació la pasión de la menor de los Rosell por las dos ruedas, que nunca dejó de insistir hasta que convenció a sus padres para subirse a una moto.

Pero en la vida de Elena Rosell hay mucho más que motocicletas. Siempre persuadida por los deportes de aventura y cierto riesgo, con siete años empezó a practicar Taekwondo, para después pasarse al Badminton. A la edad de trece encontró otro sumidero de emociones que la engancharía, el triatlón, práctica multidisciplinar en la que apuntaba maneras, cosechando buenos resultados. Por si acaso, las rodillas dijeron basta, lo que obligó a la de Manises a tomárselo con calma. Hoy en día la propia Elena reconoce que, de alguna forma, sigue ligada a este deporte, al que recurre como entrenamiento de preparación para la moto.

En los estudios siempre fue una alumna aplicada. Responsable, obtenía buenas notas en la escuela, por lo que sus padres no encontraban inconveniente en que faltara a clase de vez en cuando para ir con su hermano a las carreras.

Terminó la selectividad con resultados notables y puso sus miras en la ingeniería industrial, pero no encontró plaza en la Universidad Politécnica. Ante la tesitura de salir a estudiar fuera de la costa mediterránea, la balanza se inclinaría por el olor a asfalto y gomas de los circuitos.

Su trabajada constitución física no es fruto de la casualidad. Elena tiene el título de socorrista y es preparador físico. Practica senderismo y esquí y le va la marcha en bicicleta en forma de travesías BTT de larga duración. Actualmente estudia dietética y nutrición para sacar el máximo partido a sus posibilidades.

En lo personal, le gusta leer e ir al cine, arte del que se declara ferviente admiradora. Sus preferencias están en los géneros de comedia, acción y thriller. Musicalmente se decanta por el pop rock. Reconoce que le gustaría viajar sin las exigencias propias de la competición y que Australia y Canadá son sus dos grandes pasiones. Su color favorito es el verde turquesa, matiz que le recuerda a los encantos del mar de su Valencia natal.

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Buscador de acuerdos sobre planes de igualdad


1º) Acceder a la página web del Ministerio de Trabajo e inmigración

2º) Seleccionar en la pestaña "Naturaleza": "Acuerdos sobre Planes de Igualdad (Art. 2.1.f)

3º) Haz click en buscar y aparecen todos los registrados con el siguiente formato, solo has de hacer click en ver (es la última columna por la derecha) y accedes al documento. La busqueda obtenida tiene este aspecto:




4º) Si quieres concretar ámbito, CNAE, autoridad laboral, etc. solo haz de concretar más en cada una de las pestañas.



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Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil

Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.


Preámbulo

I

La importancia del Registro Civil demanda la adopción de un nuevo modelo que se ajuste tanto a los valores consagrados en la Constitución de 1978 como a la realidad actual de la sociedad española.

Aunque la vigente Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957, ha dado muestras de su calidad técnica y de su capacidad de adaptación a lo largo de estos años, es innegable que la relevancia de las transformaciones habidas en nuestro país exige un cambio normativo en profundidad que, recogiendo los aspectos más valiosos de la institución registral, la acomode plenamente a la España de hoy, cuya realidad política, social y tecnológica es completamente distinta a la de entonces.

La Constitución de 1978 sitúa a las personas y a sus derechos en el centro de la acción pública. Y ese inequívoco reconocimiento de la dignidad y la igualdad ha supuesto el progresivo abandono de construcciones jurídicas de épocas pasadas que configuraban el estado civil a partir del estado social, la religión, el sexo, la filiación o el matrimonio.

Un Registro Civil coherente con la Constitución ha de asumir que las personas –iguales en dignidad y derechos- son su única razón de ser, no sólo desde una perspectiva individual y subjetiva sino también en su dimensión objetiva, como miembros de una comunidad políticamente organizada.

Por este motivo, la Ley abandona la vieja preocupación por la constatación territorial de los hechos concernientes a las personas, sustituyéndola por un modelo radicalmente distinto que prioriza el historial de cada individuo, liberándolo de cargas administrativas y equilibrando la necesaria protección de su derecho fundamental a la intimidad con el carácter público del Registro Civil.

En este sentido, la Ley suprime el tradicional sistema de división del Registro Civil en Secciones -nacimientos, matrimonios, defunciones, tutelas y representaciones legales- y crea un registro individual para cada persona a la que desde la primera inscripción que se practique se le asigna un código personal.

Asimismo, en la presente Ley se incorpora tanto la Convención de los derechos del niño de 20 de noviembre de 1989, ratificada por España el 30 de noviembre de 1990, como la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, de 13 de diciembre de 2006, ratificada por España el 23 de noviembre de 2007.

II

La modernización del Registro Civil también hace pertinente que su llevanza sea asumida por funcionarios públicos distintos de aquellos que integran el poder judicial del Estado, cuyo cometido constitucional es juzgar y ejecutar lo juzgado.

En efecto, la aplicación al Registro Civil de técnicas organizativas y de gestión de naturaleza administrativa permitirá una mayor uniformidad de criterios y una tramitación más ágil y eficiente de los distintos expedientes, sin merma alguna del derecho de los ciudadanos a una tutela judicial efectiva, pues todos los actos del Registro Civil quedan sujetos a control judicial.

Esta Ley deslinda con claridad las tradicionales funciones gubernativas y judiciales que por inercia histórica todavía aparecen entremezcladas en el sistema de la Ley de 1957, y aproxima nuestro modelo de Registro Civil al existente en otros países de nuestro entorno, en los que también se ha optado por un órgano o entidad de naturaleza administrativa con el fin de prestar un servicio público de mayor calidad, sin perjuicio de la garantía judicial de los derechos de los ciudadanos.

Puesto que la materia a la que el funcionamiento del Registro Civil se refiere es el estado civil de las personas y en ciertos aspectos, el derecho de familia, la jurisdicción competente es la civil. No obstante, se exceptúa la nacionalidad por residencia, respecto de la que persisten las razones que aconsejaron trasladar esta materia a la jurisdicción contencioso-administrativa con la entrada en vigor de la Ley 18/1990, de 17 de diciembre, de reforma del Código Civil.

III

Esa misma vocación modernizadora hace que en la Ley se diseñe un Registro Civil único para toda España, informatizado y accesible electrónicamente.

El Registro Civil se configura como una base de datos única que permite compaginar la unidad de la información con la gestión territorializada y la universalidad en el acceso. Este salto conceptual, que implica la superación del Registro físicamente articulado en libros custodiados en oficinas distribuidas por toda España, obliga a un replanteamiento de toda su estructura organizativa, que ahora ha de tener por objetivo principal eximir al ciudadano de la carga de tener que acudir presencialmente a las oficinas del Registro.

Un Registro Civil electrónico exige una estructura organizativa bien distinta de la actual. Estructura que, además, ha de tener presente a las Comunidades Autónomas.

A todo ello se dedica el título III de esta Ley, en el que se contempla una organización del Registro Civil mucho más sencilla que la anterior, diferenciándose entre Oficinas Generales, Oficina Central y Oficinas Consulares, dotadas de funciones y competencias propias, aunque dependiendo de la Dirección General de los Registros y del Notariado en tanto que centro superior directivo, consultivo y responsable último del Registro Civil.

Existirá una Oficina General por cada Comunidad o Ciudad Autónoma y otra más por cada 500.000 habitantes, al frente de la cual se encontrará un Encargado al que se le asignan las funciones de recepción de declaraciones y solicitudes, la tramitación y resolución de expedientes, la práctica de inscripciones y, en su caso, la expedición de certificaciones. A la Oficina Central le corresponde, entre otras funciones, practicar las inscripciones derivadas de resoluciones dictadas por la Dirección General de los Registros y del Notariado en los expedientes que son de su competencia. En cuanto a las Oficinas Consulares, su régimen jurídico no difiere sustancialmente del vigente.

La unidad de actuación queda garantizada mediante el carácter vinculante de las instrucciones, resoluciones y circulares de la Dirección General de los Registros y del Notariado, así como por el establecimiento de un sistema de recursos que sigue las reglas generales de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la previsión expresa de un recurso ante la mencionada Dirección General.

IV

La Ley concibe el Registro Civil como un registro electrónico, en el que se practican asientos informáticos, que organiza la publicidad y da fe de los hechos y actos del estado civil. Desde esta concepción se incorpora el uso de las nuevas tecnologías y de la firma electrónica.

El régimen de la publicidad del Registro Civil se articula a partir de dos instrumentos: la certificación electrónica y el acceso de la Administración, en el ejercicio de sus funciones públicas, a la información registral. Este último se concibe como el instrumento preferente de publicidad, de tal forma que sólo en casos excepcionales el ciudadano deberá presentar certificaciones de datos del Registro Civil.

El carácter electrónico del Registro Civil no significa alterar la garantía de privacidad de los datos contenidos en el mismo. Aunque el Registro Civil está excluido del ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se presta una especial protección a los datos, en tanto contengan información que afecta a la esfera de la intimidad de la persona. Lo relevante es que los datos protegidos sólo pertenecen a su titular y a él corresponde autorizar que sean facilitados a terceros.

V

En relación con los aspectos sustantivos de la Ley, merece una mención especial el título VI, relativo a hechos y actos inscribibles. Respecto de la inscripción de nacimiento, se mantienen los criterios generales y se prevé la remisión de los datos del nacido a través de un documento oficial por los responsables de los centros sanitarios. A cada nacido se le abrirá un registro individual y le será asignado un código personal.

El nombre y apellidos se configura como un elemento de identidad del nacido derivado del derecho de la personalidad y como tal se incorpora a la inscripción de nacimiento. Con el fin de avanzar en la igualdad de género se prescinde de la histórica prevalencia del apellido paterno frente al materno permitiendo que ambos progenitores sean los que decidan el orden de los apellidos. Igualmente se sistematiza y agiliza el procedimiento de cambio de nombres y apellidos y se somete, como regla general, a la competencia del Encargado del Registro Civil. En cuanto a la filiación, se elimina toda referencia a la no matrimonial, con plena equiparación a la matrimonial.

La instrucción del expediente matrimonial y la celebración del matrimonio compete a los Ayuntamientos, los cuales deberán remitir de oficio la documentación preceptiva al Registro Civil. Los Cónsules autorizarán, celebrarán e inscribirán los matrimonios de españoles en el extranjero. No se modifica la comunicación al Registro Civil de los matrimonios celebrados en forma religiosa.

De modo similar a la del nacimiento se regula la inscripción de la defunción mediante la remisión del documento oficial, acompañado de parte médico, por los centros sanitarios. Se mantiene el requisito de la práctica previa de la inscripción de fallecimiento para proceder a la inhumación o incineración.

La descentralización introducida por la Constitución de 1978 está presente, no sólo desde el punto de vista territorial, sino también desde la perspectiva de la distribución de competencias. Así, se contempla el acceso al Registro Civil de actos regulados en algunos Derechos civiles especiales como, por ejemplo, las autotutelas, apoderamientos preventivos o especialidades en materia de régimen económico del matrimonio. Igualmente, se prevé la utilización de las lenguas cooficiales, tanto en la inscripción como en la expedición de certificaciones. Además, la Ley garantiza la adecuada coexistencia de la competencia estatal sobre Registro Civil y las de carácter ejecutivo que corresponden a las Comunidades Autónomas.

VI

La normativa de Derecho internacional privado se contiene en el título X de la Ley con una actualización de las soluciones jurídicas influidas por el avance de la legislación europea y la creciente importancia del elemento extranjero con acceso al Registro Civil. La coherencia del modelo exige a este respecto mantener la unidad, dentro de las particularidades inherentes a cada sector.

Una de las mayores novedades se centra en la inscripción de documentos judiciales extranjeros. De este modo, se permite no sólo la inscripción previo exequátur sino también la posibilidad de que el Encargado del Registro Civil realice la inscripción tras proceder a un reconocimiento incidental.

La complejidad inherente a las situaciones internacionales justifica que la inscripción de documentos extranjeros judiciales y no judiciales, así como de certificaciones extranjeras, corresponda con carácter exclusivo a la Oficina Central del Registro. La Oficina Central se configura además como la autoridad encargada en materia de cooperación internacional en todas aquellas materias sometidas a la Ley.

VII

El articulado se completa con disposiciones adicionales, transitorias y finales, así como con una disposición derogatoria.

Se deroga la Ley de Registro Civil de 8 de junio de 1957 que, no obstante, seguirá siendo aplicada en tanto quede extinguido el complejo régimen transitorio previsto en la Ley. De este modo se prevé un régimen de incorporación progresiva de los registros individuales y se mantienen temporalmente los efectos que el ordenamiento vigente atribuye al Libro de Familia. Igualmente se derogan expresamente los preceptos del Código civil que resultan incompatibles con las previsiones de la presente Ley.

En efecto, puesto que se prescindirá del Libro de Familia –que pierde sentido dentro del modelo moderno que se ha configurado en la presente Ley– se ha previsto que en cada registro individual conste una hoja o extracto en la que figuren los datos personales de la vida del individuo. Consecuentemente con este diseño de la hoja individual, y en la búsqueda de una mayor simplicidad y eficiencia del sistema, la Ley distingue entre las inscripciones, las anotaciones registrales y, por último, el asiento de cancelación.

Se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, a fin de determinar el órgano judicial y el procedimiento para conocer de los recursos frente a las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado en materia de estado civil. Dichas previsiones no serán de aplicación a los recursos frente a resoluciones relativas a la adquisición de nacionalidad por residencia, cuya regulación y competencia judicial no se modifica.

La desjudicialización del Registro Civil impone la derogación del artículo 86 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial –que se lleva a cabo a través de Ley Orgánica complementaria–, y de lo previsto en la Ley 38/1998, de 28 de diciembre, de Planta y Demarcación Judicial, respecto a los Registros Civiles.

La complejidad de la Ley y el cambio radical respecto al modelo anterior aconsejan un extenso plazo de vacatio legis, que se ha fijado en tres años, para permitir la progresiva puesta en marcha del nuevo modelo, evitando disfunciones en el tratamiento de la información registral y la implementación de la nueva estructura organizativa.



PREÁMBULO


La Ley del Registro Civil introduce importantes novedades en la configuración de esta institución en la que se inscribe y se da publicidad a los aspectos esenciales del estado civil de las personas. Entre estos cambios destaca la desjudicialización de la tarea registral.

Esta nueva forma de gestión del Registro Civil exige un ajuste de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que hasta ahora atribuía, en su artículo 2.2, a los Juzgados y Tribunales las funciones de Registro Civil, atribución que en determinados aspectos era desarrollada en los artículos 86 y 100 de dicha Ley. Esta Ley revisa esas previsiones para ajustarlas con el nuevo Registro Civil.

Asimismo, se ha de tener en cuenta que en este modelo los Encargados del Registro Civil pasan a ser tanto funcionarios de carrera del subgrupo A1 que tengan la Licenciatura en Derecho o titulación universitaria que la sustituya como secretarios judiciales. Por ello, es necesario añadir un nuevo párrafo en el artículo 445.1 de la Ley Orgánica, que contemple la posibilidad de que los secretarios judiciales sean designados Encargados del Registro Civil y, en tal caso, pasen a la situación administrativa de servicios especiales.



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Audios para descargar del I Congreso Internacional de Género Feminismo y Diversidad

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Primeros Encuentros sobre el “Impacto de los diversos fundamentalismos religiosos, políticos, económicos y culturales, en el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos”

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Publicat un nou número de la publicació feminista Ca la Dona, la número 73 que du per títol “Feminismes, Laïcitat i Ciutadania”






Amb aquest número la publicació inicia un nou format, deixant d’editar-se en paper (mesura d’estalvi, només 1 número anual resum s’edirarà en paper).


La trobareu a la web de Ca la Dona, apartat revista.
http://www.caladona.org/revista/

SUMARI núm. 73 . Disponible tota sencera en pdf

>> editorial
CONSELL DE REDACCIÓ

>> laïcitat en marxa
MERCÈ OTERO-VIDAL

>> jo, en la psique, hi crec molt poc
MARÍA-MILAGROS RIVERA GARRETAS

>> per què sóc laica des del feminisme?
ROSARIO SEGURA

>> xarxes transformadores de dones musulmanes
YARATULLAH MONTURIOL

>> fonamentalisme catòlic: la llibertat de la dona a portada
CARLA COTTI

>> qui som i què fem
DONES EN L’ESGLÉSIA

>> laïcitat, religions i ciutadania
SYLVIANE DAHAN

Fuente: Ca la Dona
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Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con la Ley de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha

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"La Asamblea de Mujeres", de Aristófanes, en Madrid y Mérida



El gran autor satírico de la Antigüedad inventó una sociedad dirigida por mujeres. Nueva versión con Isabel Ordaz, Emma Ozores, Secun de la Rosa, Toni Misó.

La asamblea de mujeres, de Aristófanes, en versión del dramaturgo José Ramón Fernández y dirección de Laila Ripoll, se representará al aire libre los días 27, 28, 29, 30 y 31 de julio, y 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de agosto a las 23 h en el Teatro Romano de Mérida, dentro del Festival de Teatro de dicha ciudad extremeña, dando un jubiloso respiro a las tres tragedias de Antígona, y dentro de un fabuloso marco de artes escénicas.

Y del 18 de agosto al 11 de septiembre en el Teatro Compac Gran Vía: miércoles a viernes, 20,30; sábados 20 y 22,30, y domingos a las 19,30 horas.

Una situación antigua de gran actualidad

La asamblea de mujeres ya ha cumplido 2500 años de representaciones en muchos idiomas y siempre con el éxito como común denominador. Risas y reflexiones que no cesan de renovarse.
Un "plato" ideal para una directora inquieta, siempre en busca de la unión poética entre el pasado y el presente, Laila Ripoll aporta una mirada propia, característica de "comensales" dichosos:

"Un plan fantástico, una maravillosa heroína que lo hace triunfar increíblemente, un final feliz, y el mundo al revés. Política, feminismo, diálogos dignos del mejor absurdo y, cómo no, la sal gorda cuidadosamente y sabiamente dosificada encima del solomillo. Vuelta y vuelta. Hay que afilar los cuchillos, anudarse la servilleta y disponerse a disfrutar de este divertidísimo banquete que Aristófanes nos propone.

Que aproveche».

Un teatro femenino y feminista escrito por un hombre

Una y otra vez Festivales de teatro clásico de todo el mundo vuelven a los griegos como maestros absolutos de la tragedia (Esquilo, Sófocles y Eurípides), mas cuando toca reír no hay otro que Aristófanes (440-380 a.C. Un comediógrafo singular que allá y entonces criticaba la política y el sentido filosófico de los trágicos, entregando al mismo público que adoraba a los maestros "trágicos" una forma de mirar y pensar completamente diferente.

Su estilo se aferra a una estructura por lo general muy rígida: una situación relacionada con la situación política del momento, o con alguna cuestión social candente, es presentada brevemente, y a continuación es desarrollada con una serie de escenas en las que prevalece la fantasía, la sátira ácida, la parodia musical o la farsa desatada e insolente. Los personajes y las situaciones lindan con el absurdo, fabulando un mundo fantástico de libertad sexual y paz social, en contraposición a las tremendas visiones imperantes en los tráficos.

Mensajes con fuerza, 2500 años después

Aristófanes fue considerado por griegos y romanos como la cumbre creativa de la Comedia, el más inventivo y original, el más insolente sobre los rituales imperantes, y el mejor manipulador del lenguaje para parodiar los excesos de los trágicos y el poder omnímodo que se adjudicaba a los dioses, ya que no solo fue el mejor dentro de este género sino seguramente el que consolidó la Comedia Política, terror de todas las tiranías a lo largo de, precisamente, 2500 años, ya que en nuestro mundo, allí donde se instala —incluso con elecciones democráticas— un gobierno dictatorial —de cualquier signo— lo primero que se hace es prohibir la sátira, imponiendo aquello tan tragicómico de "A mí no me tose nadie".

Una asamblea con gran reparto

En La Asamblea de Mujeres los hombres han llevado a cabo un pésimo gobierno y es por esto que Praxágora, tan simpática como dueña de implacable carácter, convence a las mujeres de que se hagan cargo ellas mismas de la administración, ya que podrán gobernar mejor que ellos. Y a continuación traza un fabuloso plan: las mujeres, disfrazadas de hombres, se cuelan en la asamblea y votan la propuesta, convenciendo a algunos hombres para que también la voten.
En un marco de divertidas intrigas las mujeres logran instituir un gobierno en el que el Estado cubre las necesidades elementales de los atenienses, tales como el alimento y la vivienda. Imponen una relativa libertad sexual y una igualdad social, aunque bajo un tono burlón sobre la "excesiva" democracia imperante en la Grecia de entonces. Bajo un intento "comunista" de régimen estricto, se deslizan críticas a los políticos y a las dificultades de convivencia entre los dos sexos con muchas ideas renovadoras, sarcásticas y sumamente divertidas.

Un reparto admirable

En esta ocasión, bajo la producción del Festival de Mérida y el Grupo Smedia, se ha reunido un reparto de excelentes actores: Isabel Ordaz, Emma Ozores, Secun de la Rosa, Gracia Olayo, Toni Misó y Mamen Godoy, entre otros. Hay también una "Orquestina del Valle" de seis músicos con instrumentos de viento y percusión que interpretan música original de Pedro Esparza.

La asamblea de mujeres es la última de las obras de Aristófanes: un dechado de imaginación e insolencia, tanto para aquella lejana época como para la de aquí y ahora, cuya posibilidad de "golpe de Estado femenino" provocaría enorme tensión en un mundo en el que aún prevalece el poder político del sexo masculino.


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La profesión de agente de Igualdad, clave para la formación y asesoramiento en género

La directora general del Instituto de la Mujer, Laura Seara, ha presentado hoy el estudio “Situación de la figura de agente de Igualdad de Oportunidades de mujeres y hombres en España. Propuestas para una certificación profesional”, realizado por la Federación Estatal de Asociaciones Profesionales de Agentes de Igualdad de Oportunidades (FEPAIO), con el fin de mostrar cuál es la situación de los agentes de Igualdad de Oportunidades (AIO) en España, estableciendo su evolución y desarrollo en el ámbito público en estos últimos años.


Laura Seara ha puesto de manifiesto “la necesidad de contar en diferentes áreas, y concretamente en el ámbito empresarial, con profesionales que tengan formación en igualdad y que incorporen la perspectiva de género en la visión y análisis de la realidad”.

Esta investigación recopila información sobre las demandas, contrataciones, perfiles y desarrollos profesionales de los y las AIOs, analiza su estabilidad y condiciones laborales y define el perfil formativo y profesional adaptado a la realidad actual.

El trabajo también expone detalladamente cuál ha sido la evolución del nivel de demandas y contrataciones, por Comunidades Autónomas, de los diferentes perfiles profesionales de Igualdad de Oportunidades (Promotoras y Promotores de Igualdad y de Agentes de Igualdad de Oportunidades) entre los años 2001 y 2008.

Según Laura Seara, este estudio “contribuirá a dar un importante impulso al proceso de regularización de esta figura profesional, favoreciendo que las personas que ejercen su actividad en el ámbito de la igualdad de género cuenten con el reconocimiento, dentro del ámbito académico y laboral, y la validación de un trabajo que cuenta con un dilatado y difícil recorrido”.

METODOLOGÍA

Para la realización de este estudio, se ha recurrido al Servicio Público de Empleo. Igualmente, se ha recabado información sobre la situación laboral de estos profesionales a través de los servicios de Igualdad de las CCAA, áreas de Igualdad de las Diputaciones, áreas de Igualdad de las Federaciones de Municipios y Provincias, Ayuntamientos, ONGs, sindicatos, consultorías, fundaciones y empresas.

Asimismo, y para conocer los datos sobre su formación se ha contactado con todas las universidades españolas, entidades públicas a nivel local, foral, autonómico y estatal, así como a entidades privadas, ONGs, sindicatos, consultorías, fundaciones y empresas.

PRINCIPALES RESULTADOS

Una vez analizados los 354 cuestionarios enviados a toda España, se concluye que el número de mujeres que desempeñan las funciones de igualdad es un 96% frente a un 4% de hombres.

La feminización de la profesión de AIO es un hecho que se viene constatando desde la creación de esta figura, tanto a nivel europeo como estatal y autonómico. Este hecho es consecuencia de la segregación ocupacional horizontal del mercado de trabajo, que se produce a su vez en un área del mercado feminizada, como es la que se produce en el ámbito de lo social.

La subcontratación de AIOs en las Administraciones Públicas, a través de una empresa privada, es una práctica habitual desde hace unos años en algunas entidades. Esta realidad se relaciona con las áreas sociales (Igualdad, Trabajo Social, Educación Social, etc.), en las que los puestos suelen ser mayoritariamente ocupados por mujeres. No ocurre lo mismo con otras áreas de las administraciones, en las que la mayoría de las personas que trabajan son hombres, y que suelen estar formadas por funcionariado, en concreto, personal técnico de urbanismo, obras, medio ambiente, finanzas, etc.

A nivel estatal, en el caso de las y los AIOs, el índice de desempleo se mueve entre el 48,3% y el 55,1%. Este mismo indicador para Promotoras y Promotores oscila entre el 49,8% y el 58,5%. Esto indica que, en tiempos de bonanza laboral, las y los agentes de Igualdad trabajan en mayor medida que las y los promotores/as, pero en tiempos de escasez, también sufren más sus efectos.

La evolución de los contratos realizados en España desde 2001, tanto a Promotoras y Promotores como a Agentes de Igualdad de Oportunidades, supone el indicador más fiable y objetivo de la inclusión de esta figura profesional en el mercado laboral.

PROPUESTA FORMATIVA PARA LOS Y LAS AIO

El objeto de esta parte de la investigación ha sido analizar la situación actual de la formación de las y los Agentes de Igualdad, a fin de elaborar una propuesta formativa homogénea que sirva de sustento para la posterior certificación profesional de esta profesión.

Por este motivo, se ha considerado fundamental establecer como propuesta un Itinerario del Proceso de Evaluación para la Verificación de la Formación en Agentes de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres como programa de Posgrado, en calidad de Máster.

No obstante, también se contempla la necesidad de establecer un proceso de homologación de la experiencia acumulada y formación adquirida por parte de profesionales que vienen desarrollando su labor en el ámbito de la Igualdad de Oportunidades, con anterioridad a la aprobación de esta estructura de las Enseñanzas Universitarias en el Espacio Europeo Superior.

Pero no sólo es necesario elaborar una propuesta consensuada de itinerario formativo, que pueda incorporarse por las Universidades y Centros de Educación Superior, sino que también es necesario avanzar y facilitar el compromiso político de la Administración.

Por eso, desde la FEPAIO se ofrece una propuesta dirigida a la Agencia Nacional de la Acreditación de la Calidad, que permita trabajar por el establecimiento de los requisitos necesarios para la verificación de los Títulos Universitarios Oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Agente de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres.
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Historietas de la no princesa Blanca